En un extenso documento de casi 150 páginas, el Tribunal Penal N°1 de Posadas dio a conocer los fundamentos de la sentencia contra Sebastián y Germán Kiczka, condenados a 12 y 14 años de prisión respectivamente por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil agravado por la edad de las víctimas.
Los jueces Gustavo Bernie, César Yaya y Viviana Cukla coincidieron en la responsabilidad penal de los imputados, aunque esta última sostuvo una postura disidente en cuanto a la gravedad de las penas. Para Cukla, la condena de Sebastián Kiczka debería haber sido de 6 años, al considerar que el abuso sexual no quedó debidamente probado. Argumentó que la falta de precisión sobre el momento del hecho vulnera el derecho de defensa.
Pese a las disidencias, la mayoría del Tribunal consideró que el relato de la víctima, sumado a mensajes hallados en los celulares, era suficiente como prueba. Citando el Fallo Góngora, resaltaron que la verosimilitud, persistencia y corroboración mínima del testimonio habilitan su uso como prueba central. Además, enfatizaron que la incorporación de perspectiva de género no es optativa, sino una obligación jurídica.
El Tribunal también rechazó los pedidos de nulidad presentados por las defensas, que cuestionaban las pericias realizadas por la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (SAIC). Los jueces señalaron que dichos planteos debieron haberse hecho en etapas anteriores del proceso y que no resultaban pertinentes a esta altura.
Otro punto clave del fallo fue que no se consideró coautoría entre los hermanos. Si bien usaban el mismo dispositivo informático, los jueces indicaron que no se probó un plan conjunto ni una ejecución compartida. En los próximos días, se espera que las defensas de los Kiczka presenten recursos de apelación ante instancias superiores.