En un fallo sin precedentes, que será seguido con atención por los intendentes del Conurbano bonaerense, la Justicia le otorgó una medida cautelar a la municipalidad de Lanús y en contra de la distribuidora EDESUR.
El fallo corrió por cuenta del Juzgado en lo contencioso administrativo Nº1 de Lanús, que ordenó a «la firma Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) a garantizar la efectiva prestación del servicio de energía eléctrica, por sí o a través de terceros, sea por medio de unidades móviles de generación de energía eléctrica o por las líneas regulares de provisión, a favor de la usuaria actora en esta causa”.
Según la denuncia de Álvarez, desde el 12 de marzo último comenzaron a producirse reiterados cortes de energía eléctrica, variaciones e interrupciones que afectaron las prestaciones de la comuna.
Llegando a más de 10 mil viviendas afectadas, Lanús fue el municipio del conurbano sur más afectado por el apagón durante el temporal. Por eso, además de la demanda, el municipio multó a Edesur e hizo un convenio con el Colegio de Abogados para que patrocinen a los comerciantes afectados en el reclamo a la distribuidora eléctrica.
En el fallo dictado este lunes, el juez Maximiliano Ceballos ordenó a Edesur a garantizar la prestación del servicio «por sí o a través de terceros, sea por medio de unidades móviles de generación de energía eléctrica o por las líneas regulares de provisión».
Para que cumpla con esa decisión, la empresa deberá reunirse con la comuna para que, en un plazo máximo de 24 horas, acuerden a trazar un Plan de Normalización del servicio en todas las áreas afectadas. También, dispuso que la negociación de la planificación deberá cumplirse en el plazo máximo de cinco días y ejecutarse, como máximo, en diez días hábiles.



